NOCAUT: ANDAHUASINOS DERROTAN A WONG Y BUSTAMANTE
LA JUSTICIA TARDA, PERO LLEGA

Poder Judicial ordena el cese de mandato de incautación de azúcar y derivados en Andahuasi
Los accionistas – trabajadores vencen de manera definitiva al grupo Wong y al grupo Bustamante en proceso penal de Hurto Agravado (Exp. 1212-2009) que traía consigo el mandato de incautación de más de 300 mil bolsas de azúcar.
La Sala Penal Permanente de la Corte Superior de Huaura confirmó la decisión de primera instancia al resolver que los accionistas – trabajadores y funcionarios no cometieron delito de Hurto Agravado.
Como consecuencia del dictamen, el Poder Judicial ha ordenado el CESE INMEDIATO de las medidas de incautación de los bienes que produce la Empresa Azucarera Andahuasi.
Los trabajadores-accionistas de Andahuasi salieron a las calles, pernoctaron e hicieron vigilia en el frontis del Poder Judicial; ahora se nota un ambiente de tranquilidad. Mucha gente se sigue preguntando qué pasó con el caso. Al respecto acudimos en busca de la información y el Asesor Legal de la empresa azucarera, Dr. Peter Segama Andrade nos responde que el Poder Judicial determinó de manera definitiva la inocencia de más de 80 personas que venían siendo procesadas injustamente.
¿Cómo y cuando se inicia este proceso judicial para Andahuasi?
El proceso judicial que acaba de terminar de manera definitiva se trata de un proceso penal sobre dos delitos: Hurto Agravado y Receptación; que se inició en el mes de mayo del año 2009, a partir de una denuncia falsa promovida por el pseudo gerente Carlos RIVAS URTEAGA, contra más de 40 funcionarios de la Empresa Andahuasi incluido el Administrador Judicial y más de 40 empresarios comercializadores de azúcar y otros derivados.
¿Cuál era el sustento de la denuncia de Rivas Urteaga?
Rivas Urteaga aducía ser el único representante legal de la Empresa Andahuasi y según su criterio los funcionarios que venían gestionando la Empresa a partir del mes de mayo del año 2009 no tenían facultades de representación legal y por ende no podían disponer de los recursos que producía la Empresa, lo cual era totalmente falso, ya que dicho sujeto fue removido del cargo de gerente general mediante sesión de directorio el 13 de mayo del año 2009. Sin embargo el Ministerio Público formalizó indebidamente investigación preparatoria contra más 80 personas y como consecuencia de ello solicitó al Juzgado de Investigación Preparatoria LA INCAUTACIÓN DE MAS DE 300 MIL BOLSAS DE AZUCAR Y DERIVADOS que producía la Empresa Andahuasi.
¿Por qué dice Ud. que el Ministerio Público formalizó investigación de manera indebida contra 80 personas?
Porque pese a que se había demostrado en la investigación preliminar que Rivas Urteaga había sido removido del cargo y que no tenía facultades, la fiscalía tomó como cierta su versión y omitió contrastar con la información que le proporcionábamos y lo más preocupante era que solicitaba al Juez de la investigación Penal la incautación de una cantidad significativa de azúcar.
¿Qué Juez y cuando se ordenó la incautación de azúcar?
Luego de la solicitud que postulara indebidamente el Ministerio Publico al Juzgado Penal, el Juez CARLOS FIDEL HUMALA TRIGOSO ordenó sin merituar los graves perjuicios en contra de la Empresa Andahuasi la incautación de más de 300 mil bolsas de azúcar mediante resoluciones del mes de noviembre y enero del 2009 y 2010 respectivamente; conllevando ello a una pérdida de más de 80 mil bolsas de azúcar producto de la descomposición en la intemperie y que pese a que en varias audiencias de reexamen de la medida cautelar poníamos en conocimiento al Juzgado de dicha situación, el Juez Humala Trigoso seguía manteniendo su criterio de incautar toda bolsa de azúcar que fuera trasladada fuera de Andahuasi.
El Ministerio Publico, luego de más de dos años de investigación, estableció que todas las personas investigadas nunca habían cometido el delito de Hurto Agravado porque no existían suficientes elementos de convicción o pruebas que acreditaran la existencia del delito y ello por la sencilla razón de que las personas que venían gestionando la Empresa Andahuasi e incluso ahora el Administrador Judicial sí contaban con suficientes facultades de disposición de los recursos. Es por ello que la propia fiscalía solicita al Juzgado penal un requerimiento de SOBRESEIMIENTO (archivo del caso) a favor de todos los investigados.
Es decir que el Ministerio Público luego de haber sostenido por mucho tiempo la presunta existencia del delito de hurto agravado y sumado a ello la gravosa medida de incautación concluye con que nunca hubo delito; eso para cualquier ciudadano se llama injusticia; es por ello que nuestro país no cree en el sistema de justicia, porque pasa situaciones como este caso.
La audiencia en primera instancia para definir el requerimiento del fiscal se llevó a cabo en el mes de octubre del año 2011, donde el Juez de manera justa y ceñida a ley resolvió declarar fundado el sobreseimiento o archivamiento del proceso a favor de los más de 80 implicados, ordenando el cese de toda medida cautelar que se haya ordenado; pero sin embargo tanto el grupo Wong como el Grupo Bustamante no contentos con la decisión judicial interpusieron recurso de apelación contra la decisión del Juez, sosteniendo vagamente que el magistrado no había fundamentado bien su resolución, lo cual era totalmente falso.
La Audiencia de apelación para definir el caso en cuestión se llevó a cabo el día miércoles 25 de enero a las 10 de la mañana en la Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Huaura y en donde luego de más de dos horas el Tribunal Penal determinó por mayoría CONFIRMAR la decisión del juez de primera instancia; es decir la Sala Superior estableció que el Juez había emitido una resolución justa y pegada a ley y que no había irregularidad alguna.
La decisión de la Sala Penal determinó de manera definitiva este caso tan complejo que ocasionó un grave perjuicio a la Empresa Andahuasi y a los accionistas trabajadores que de ella dependen; ahora sólo tenemos que buscar reparar los graves daños y perjuicios no solo en favor de la Empresa Andahuasi por los perjuicios económicos sino también en favor de las 80 personas que se han visto sentidos en su honor y reputación que como sabemos ello no se compensa con ningún precio.
A partir de esta resolución queda totalmente zanjado de que al día de hoy no existe medida de incautación alguna; por lo que hacemos un llamado a la autoridad policial que cumplan efectivamente con lo resuelto por el Poder Judicial, pues de lo contrario se estaría incurriendo en el delito de ABUSO DE AUTORIDAD y DESOBEDENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.
Para concluir debemos decir que este caso pone en plena evidencia de que nuestro sistema judicial penal no está funcionando, porque no podemos concebir cómo un proceso se puede investigar tanto tiempo manteniendo en suspenso la situación jurídica de una persona y al final sostenga de que nunca hubo delito; en verdad se deja mucho que desear de la labor de algunos de los fiscales y jueces.
Fuente: Diario La Primera - Humbert Romero Verano
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